viernes, 17 de julio de 2009

CODIFICACIÒN

LA SIGUIENTE INFORMACIÒN ES COMPLEMENTO DE LO VISTO EN CLASE, ESTUDIENDOLO PARA EL EXAMEN.
ANTECEDENTES DE LA CODIFICACIÓN.-
Cuando recién aparecieron los Códigos modernos o contemporáneos en el siglo XVIII, la codificación fue rechazada por la
Escuela Histórica del Derecho, por que se pensó que los Códigos eran definitivos y que por ello no permitirían el desarrollo del derecho. El derecho que mas ha evolucionado es el derecho codificado
CODIFICACIÓN
Conforme al
Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, "codificar es hacer o formar un cuerpo de leyes armónico y sistemático".El resultado de la codificación son los códigos, los cuales son cuerpos legales sistemáticos. La codificación por lo general es encargada a una comisión de jurisconsultos para que redacten el Código.
CLASES DE CODIFICACIÓN
La codificación puede ser de dos clases: codificación parcial y codificación total. La codificación parcial: Es cuando en un Código se regula sólo una parte de la rama del derecho regulada. La codificación total es cuando en un Código se regula total e íntegramente la rama del derecho regulado, es decir, que cuando en una rama el derecho se encuentra codificado el código no siempre regula toda una rama del derecho sino que algunas veces regula toda una rama del derecho y otras veces regula sólo una parte de una rama o institución del derecho.
DERECHO CODIFICADO Y DERECHO NO CODIFICADO
El derecho se divide en diversas ramas, sin embargo, los códigos no existen en todas las ramas del derecho, en tal sentido el derecho se clasifica en dos
grupos que son los siguientes: derecho codificado y derecho no codificado.
Se denomina derecho codificado a las normas que se encuentran agrupadas en un código como el
Código Civil, Código Penal, Código Procesal Civil, Código de Procedimientos Penales, Código Procesal Constitucional, entre otros.
Se denomina derecho no codificado a las normas que no se encuentran agrupadas en un código.

LA CODIFICACIÓN MERCANTIL INTERNACIONAL
La codificación de esta esfera es sumamente importante para facilitar el comercio internacional por medio de:
· Convenciones,
· Leyes modelo,
· Normas
· Guías jurídicas.
En esta rama del derecho internacional corre a cargo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), establecida en 1966 por la Asamblea General. Cuenta con 36 naciones que representan a los principales sistemas económicos y jurídicos; la Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas funge como secretaria de la Comisión; dentro de la labor de la CNUDMI ha sido relevante la elaboración de textos que incluso han sido pilares en diversas esferas. Es decir:
Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de Mercaderías (1980)
Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional (1985)
Reglamento de arbitraje de la CNUDMI (1976)
Reglamento de Conciliación de la CNUDMI (1980)
Convenio de las Naciones Unidas para el Transporte Marítimo de Mercaderías ("Reglas de Hamburgo", 1978)
Guía Jurídica de la CNUDMI para la redacción de contratos internacionales de construcción de obras industriales (1988)
Guía Jurídica para las operaciones de comercio compensatorio internacional (1992)
Convención de las Naciones Unidas sobre las Garantías Independientes y Cartas de Crédito Contingente (1995)
Ley Modelo de la CNUDMI sobre la insolvencia transfronteriza (1997)
Actualmente se encuentra trabajando en la preparación de una guía legislativa sobre proyectos de infraestructura con financiación privada, que orientará a los Estados para legislar sobre este tema; la preparación de un reglamento en relación con aspectos específicos de las firmas numéricas y las entidades certificadoras; la compilación y publicación de la jurisprudencia de los textos de la CNUDMI; y un proyecto de convención sobre el financiamiento mediante efectivos a cobrar, que facilitará la disponibilidad de créditos a menor costo.

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